Ley Nº 1268

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1268


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 01268

LEY N,° 1268

Crédito Groyeneche hermanos

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana IJa dado la ley siguiente:

Artículo único.—Votase en el presupuesto general de la República la suma de cuatro mil ochocientas libras, para abonar á donjuán Mariano de Goyene-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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