Ley Nº 12642

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Tipo de Norma: Ley

Número: 12642


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 12642

LEY N9 12642

Mandando erijir en la ciudad de lea un

monumento a la memoria del autor de Comuniqúese al Poder Ejecutivo pa

la letra del Himno Nacional Dir. oon Jo- ^ promulgación.

sé de la Torre Ugarte.

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EL PRESIDENTE DE LA REPU-BLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente: en la ciu

dad de lea, capital del Departamento del mismo nombre, un monumento a la memoria del doctor don José de la Torre Ugarte, autor de la letra del Himno Nacional.

ARTICULO 29— La erección de este monumento se hará por concurso entre los artistas nacionales, con la intervención de una comisión especialmente nombrada y otorgándose premios pecuniarios.

ARTICULO 3— Una vez verificado el concurso, el Poder Ejecutivo consignará en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para la ejecución de la obra.

ARTICULO 49— El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos cincuentiséis.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

CARLOS RODRIGUEZ PASTOR, 1er. Vice-Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

F. CARRION MATOS, Diputado Se cretarío.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiséis.

MANUEL A. ODRIA.

JUAN MENDOZA R.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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