Tipo de Norma: Ley
Número: 1264
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01264LEY N.° 1264
Camino de Huánuco al Cerro de Pasco
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Votase en el Presupuesto General de la República para 1910 la suma de quinientas libras, destinada á la continuación de los trabajos del camino de Huánuco al Cerro de Pasco.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.