Tipo de Norma: Ley
Número: 12538
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12538LEY N9 12538
Modificando los límites Norte y Esté de la Provincia Constitucional del Callao.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha1 dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Modifícanse los límites Norte y Este de la Provincia Constitucional del Callao mediante una línea geográfica que partiendo del río Chillón, en el punto situado a un kilómetro de su desembocadura, pase por la cumbre del cerro Márquez hasta encontrar el cerro La Regla y bordeando el lado Este del mismo se desplace con rumbo Sur, atravesando el río Rímac, hasta caer en la Avenida Colonial, frente a la Unidad Vecinal N9 3, ele donde proseguirá en dirección Sud Oeste, pasando por el Oeste de la Huaca Arámburu, hasta la Avenida Progreso para continuar, luego, por esta Avenida hasta encontrar los límites actuales.
Casa del Congreso, en Lima, a los des días del mas de enero de mil novecientos cineuentiséis.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
P. CARRION MATOS, Diputado Secretario.
Señor Presidente Constitucional de epública.
POR TANTO:
lando se publique y cumpla.
lado en la Casa de Gobierno, en Li-, a los doce días del mes de enero de mil novecientos cineuentiséis.
MANUEL A. ODRIA.
A. VILLACORTA.
ARTICULO 29— Los vértices de la línea geográfica de límites que señala el artículo anterior se fijarán sobre el terreno con hitos de piedra.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.