Tipo de Norma: Ley
Número: 12534
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12534LEY N9 12534
Creando el distrito de Abelardo Pardo Lezameta en la provincia de Bolognesi.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Créase el Distrito de Abelardo Pardo Lezameta, en la Provincia de Bolognesi, del Departamento de Ancash, que tendrá como capital el pueblo de Liadla.
ARTICULO 29—El Distrito Abelardo Pardo Lezameta tendrá como anexos, a-demás del pueblo de Liadla, los caseríos de Uclita y Pucutón y sus límites serán los mismos que tienen actualmente el pueblo y caseríos que lo constituyen.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los Veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenticinco.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
F. CARRION MATOS* Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero de mil novecientos cincuentiséis.
MANUEL A. ODRIA.
A. VILLACORTA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.