Ley Nº 12486

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 12486

LEY N* 12486

Adicionando el articulo l9 y modificando el artículo 39 de la Ley N9 11751, respecto a la venta de lotes de terrenos de la Urbanización “27 de Octubre” de

la ciudad de Chiclayo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Adiciónase el artículo l9 de la Ley N9 11751, en los términos siguientes:

“Los actuales poseedores de lotes de terrenos de la Urbanización “27 de Octubre”, podrán adquirirlos por venta directa, sin el requisito de licitación, al precio de treinta soles oro el metro cuadrado, a pagarse en treintiséis mensualidades” . ‘

ARTICULO 29—Modifícase el artículo 39 de la misma ley, en los términos siguientes:

“Artículo 39— El Concejo Provincial de Chiclayo destinará el producto de la venta de los terrenos, a las obras de saneamiento de la Urbanización “27 de Octubre”.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenticinco.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional

de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenticinco.

MANUEL A. ODRIA.

JAIME MIRANDA SOUSA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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