Tipo de Norma: Ley
Número: 12481
documento PDF
12481LEY N< 12481
Disponiendo que se incluya en la prioridad “A” del plan vial, la construcción de la carretera de penetración a la montaña de Tambopata.
EDUARDO MIRANDA SOUSA
PRESIDENTE DEL CONGRESO
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.—El Poder Ejecutivo incluirá en la prioridad “A” del plan vial, la construcción de la carretera de penetración a la montaña de Tambopata, que partiendo del pueblo de Co-jata, pase por Sina y llegue hasta el pueblo de San Juan de Tambopata.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre de
mil novecientos cincuenticuatro.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO: no habiendo sido pro. rnulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129o. de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.
EDUARDO MIRANDA SOUSA,
Presidente del Congreso.
N. GAMBETTA, Senador Secretario del Congreso.
JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, catorce de diciembre de mil novecientos cincuenticinco.
Cúmplase, comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.
FERNANDO NORIEGA C.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado .
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
EDUARDO FONTCUBERTA, Senador Secretario.
JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.