Ley Nº 12482

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 12482

LEY N9 12482

Mandando consignar partida en el Pre supuesto para la implantación de los ser-vicios de agua y desagüe en la ciudad

de Castrovirreyna.

EDUARDO MIRANDA SOUSA PRESIDENTE DEL CONGRESO

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente.

el CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— Consígnese en el presupuesto General de la República una partida de S/o. 686,000.00, destinada a la implantación de los servicios de agua y desagüe en la ciudad de Cas-trovirreyna, capital de la provincia del mismo nombre, en el Departamento de

Huanca vélica.

ARTICULO 29— El Ministerio de Fomento y Obras Públicas queda encargada del cumplimiento de la presente

Ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticuatro.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

EDUARDO FONTCUBERTA, Senador Secretario.

JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al

Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente del Congreso.

N. GAMBETTA, Senador Secretario

del Congreso.

JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, catorce de diciembre de mil novecientos cincuenticinco.

Cúmplase, comuniqúese, publíquese; regístrese y archívese.

FERNANDO NORIEGA C.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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