Tipo de Norma: Ley
Número: 1248
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01248LEY N.° 1243
Estaciones sanitarias
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la lev siguiente:
Art. l.°—Retírese del pliego ordinario de fomento del presupuesto general de la República, la partida número 7041« destinada al sostenimiento de las estaciones sanitarias.
Art. 2.°—Consígnese en el pliego extraordinario de fomento, para el año próximo, las partidas siguientes:
AL MES
AL ANO
Lp.
30.0.00
360.0.00
yy
12 0.00
144.0.00
»y
6.0.00
72.0.00
y y
4.0.00
48.0.00
y y
25.0.00
300.0.00
y y
15.0.00
180.0.00
i)
9.0.00
108.0.00
y y
7.0.00
84.0.00
y y
9.0.00
108.0.00
y y
6.0.00
72.0.00
y y
7.0.00
84.0.00
y y
0.0.00
72.0.00
y y
8.0.00
96 0.00
y y
24.0.00
288.0.00
y y
6.0.00
72.0.00
y y
5.0.00
60.0.00
Estación Sanitaria del Callao
Para un
Para un Para un Para un
Para un
Para un Para un Para un
Para un Para un Para un
médico jefe ................................................
secretario contador...................................
amanuense .................................................
portero porta-pliegos.................................
médico,jefe del servicio de recepción de naves mecánico de las lanchas y aparatos Clay ton maquinista de la lancha á vapor numero 1 maquinista de la lancha á vapor número 2
maquinista de la lancha á gasolina...........
fogonero de las lanchas Clayton.................
carpintero de las lanchas Clayton_____ ...
Para un marinero.....................................................
Para un teniente de la policía de salubridad............
Para cuatro inspectores de policía de la salubridad,
á libras 0 mensuales cada uno............................
Para un patrón de marineros...................................
Para un marinero de los botes de recepción de na
ves
Material
Lp. 100.0.00 1.200.0.00
Lp. 30.0.00 360.0.00
„ 8.0.00 9G.0.00
7.0.00 84.0.00
Para los gastos de este género, comprendiendo azufre, carbón, hilaza, agua, aceite, gasolina, kerosene, pinturas, reposición de útiles y compostura de las lanchas Clayton y de gasolina, remolque, alquiler de la oficina y depósitos, útiles de escritorio, impresiones, avisos, uniformes de los empleados, suscripciones á periódicos, compra de libros, teléfono, alumbrado, útiles de laboratorio é imprevistos..............................................
Estación Sanitaria de Paita
Para un médico jefe................... .........
Para un mecánico del aparato Clayton Para’ un avadante del mecánico ...........
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.