Tipo de Norma: Ley
Número: 12445
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12445LEY N9 12445
Creando el distrito de Inclán en la pro
vincia de Tacna.
el presidente de la repu blica
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLI CA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9 — Créase el Distrito de Inclán, en la Provincia de Tacna del Departamento del mismo nombre, cuya capital será el pueblo de Sama Grande.
ARTICULO 29— El Distrito que se crea por el artículo anterior estará integrado por los caseríos siguientes: To-masiri, Coruca, Poquerá y Yarastay y los centros poblados de Sambalay-Grande y Sambalay-Chico.
ARTICULO 39 — Los limites de este nuevo Distrito serán los siguientes: por el Norte, el antiguo lindero entre el Distrito de Sama y la Provincia de Tarata; por el Este, el límite antiguo del Distrito de Sama y la Provincia de Tarata y que continuará pGr el que sirve de divisoria con los Distritos de Calaña y Tacna; por el Sur, la Carretera Panamericana y por el Oeste, el lindero interdistrital antiguo entre Sama y Locumba.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo p&-ra su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.
MANUEL A. ODRIA.
ALEJANDRO ESPARZA ZAÑARTU
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.