Ley Nº 12437

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 12437

LEY N 12437

(Meando una nueva Sala en la Corte Superior de Huancavelica.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley’ siguiente:

ARTICULO l9—Créase una nueva Sala en la Corte Superior del Distrito Judicial de Huancavelica, elevándose a siete el número de Vocales y a dos el número de Fiscales.

ARTICULO 29—Créanse, igualmente, las plazas de Secretario, de Relator y de dos Amanuenses, para atender el servicio de la nueva Sala.

ARTICULO 3—Consígnese en el Presupuesto General de la República, la partida necesaria para atender a la creación y funcionamiento de la Sala a Que se refiere la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de noviembre de mil

novecientos cincuenticinco.

HECTOR BOZA, Presidente del Se-

nado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario .

JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.

MANUEL A. ODRIA.

ALEJANDRO FREUNDT ROSELE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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