Ley Nº 12430

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 12430

LEY N* 12430

Dando fuerza de ley al Decreto Supremo 2—A—S de 9 de setiembre de 1955, aprobatorio de los Estatutos de la Central de Asistencia Social “María Delgado

de Odría”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Dáse fuerza de ley al Decreto Supremo 2—A—S de 9 de setiembre del presente año, aprobatorio de los Estatutos de la Central de Asistencia Social “María Delgado de Odría”.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.

HECTOR BOZA, Presidente del Se

nado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de no viembre de mil novecientos cincuenticinco.

MANUEL A. ODRIA.

JORGE DE LA ROMAÑA.

* *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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