Tipo de Norma: Ley
Número: 12421
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12421LEY N9 12421
Dando fuerza de ley al Decreto Supremo de 8 de julio de 1955, que aclara y amplía la Ley N9 11232, sobre liberación de derechos aduaneros de importación*
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente :
ARTICULO UNICO.—Dáse fuerza de Ley al Decreto Supremo expedido el 8 de julio del año en curso que aclara y amplía la Ley N9 11232, sobre liberación de derechos aduaneros de importación.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.
MANUEL A. ODRIA.
EMILIO GUIMOYE H.
* He
Casa del Congreso, en Lima, a los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos cincuenticinco.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario .
JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Di-putado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.