Ley Nº 1239

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Número: 1239


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 01239

LEY N.° 1239

Telégrafos del Cerro á Oyón y de Ocros á Chiqnián

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de leí Repúhlicei Peruana Ha dado la ley siguiente:

el pliego extraordinario de gobierno del prepara 1910, las partidas que a continuación

Artículo único.-supuesto general

se expresan:

-Consígnense en de la República

Al raes

Al año

Para atender á la construcción de la línea telegráfica del Cerro á Oyón,............................ Lp. 175.0.00 Lp. 2,100.0.00

Para atender á la construcción de la línea telegráfica de Ocros á Chiquián,........................ ,, 145.8.33 1,750.0.00

Lp. 320.8.33 Lp. 3,850.0.00 ^Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumpli-

Dadaen la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 29 días del, mes de enero de 1910. — Antrro Aspíllaga, Presidente del Senado.—Germán Arenas. 1er. Vice presidente de la H. Cámara de Diputados.—Severiano Bezada, Senador Secretario.-^!/. Irigoven Vidaurre, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplí' miento.

Dado en lacasa de Gobierno, en Lima, á l.° de febrero de 1910. —A. B. Leguía. —Rafael Villanneva.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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