Tipo de Norma: Ley
Número: 1238
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01238LEI N.° 1238
Aumentando la partida para el servicio diplomático
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Auméntase en seis
mil quinientas veinte libras, tan solo para 1910, la partida número 3016 del pliego segundo ordinario del presupuesto general de la República, destinada al servicio del Cuerpo diplomático.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.