Ley Nº 12309

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 12309

LEY N* 12309

Creando el distrito de San Pedro de Corte en la provincia de Tayacaja.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1°—Créase el Distrito de San Pedro de Coris, en la Provincia de Tayacaja, del Departamento de Huancavelica, que tendrá por capital el pueblo del mismo nombre.

ARTICULO 2^-El Distrito que se crea por el artículo anterior, estará integrado por los anexos siguientes: Pana-palca, Carhuancho, Pumamarca y Ma-chacchuaico.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril de mil novecientos cincuenticinco. .

HECTOR BOZA Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cincuenticinco.

ARTICULO 39—Los límites de este nuevo Distrito, serán los siguientes: por el Norte, principiando de la confluencia de los riachuelos de Jampato y Colina. el lindero corre aguas abajo de este último, hasta su desembocadura en el río Mantaro, junto al lugar denominado Tincuy; por el Este, prosigue el lindero, aguas arriba del río Mantaro, hasta el lugar conocido con el nombre de.Choccas; por el Sur, desde Choccas, el lindero toma como referencia una cresta del terreno hasta llegar a Ma-talla, sigue a Cuchau-Cruz y Suscco-ccasa y pasa por las cumbres de Tull-pacancha y Cosullaccocha hasta el ria-chuelo de Sacharacay en el lugar de Capchuca; y por el Oeste, el lindero continúa por el riachuelo de Sachara-cay, hasta su desembocadura en el ria chuelo de Collpa, lugar donde se comenzó esta delimitación.

MANUEL A. ODRIA.

Augusto Romero Lavo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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