Ley Nº 12308

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 12308

LEY N9 12S08

Autorizando al Fondo Nacional de Sa

lud y Bienestar Social para donar un

Chalet en la Unidad Vecinal de Mirones a la viuda e hijos del periodista don

Alfredo Mathews.

EL PRESIDENTE DE LA REPU

BLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. —Autorízase al Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, para que done a la viuda e hijos del periodista# Alfredo Mathews, que falleció a consecuencia de un acto heroico en bien de la colectividad, el Chalet 2—P de la Unidad Vecinal de Mirones.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de mayo de mil no-vecientos cincuenticinco.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.

Al Señor Presidiente Constitucional de

la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cincuenticinco.

MANUEL A. ODRIA.

Jaime Miranda Sousa

Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud Pública.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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