Tipo de Norma: Ley
Número: 12306
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12306LEY N9 12306
Autorizando al Poder Ejecutivo para adjudicar terrenos fiscales al Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, para que pueda dar cumplimiento a la construcción de viviendas para empleados y obreros, conforme a la Ley N9
11672.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO. —Autorízase al Poder Ejecutivo para que adjudique al Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, los terrenos de propiedad fiscal que fuesen necesarios,para que ese organismo pueda dar cumplimiento a la construcción y venta de viviendas para empleados y obreros, como está establecido en el inciso f) del artículo 29, y en el artículo 39 de la Ley N9 11672.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de abril de mil novecientos cincuenticinco.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
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F. CARRION MATOS, Diputado Se-cretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la Repúbliica.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, ten Lima, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cincuenticinco.
MANUEL A. ODRIA.
Emilio Guimoye.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.