Ley Nº 12295

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 12295

LEY N9 12295

Elevando a la categoría de Facultad de Ciencias Económicas y Comerciales la Escuela Profesional de Ciencias Comerciales que funciona en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente.

ARTICULO UNICO. —Elévase a la categoría de Facultad de Ciencias Económicas y Comerciales, la Escuela Profesional de Ciencias Comerciales que funciona en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo de mil novecientos cincuenticinco.

HECTOR BOZA Presidente del Se-

_♦

nado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secre-

• • %

tario.

F CARRION MATOS, Diputado Se* cretario.

Al Señor Presidente Constitucional de \i República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos cincuenticinco.

MANUEL A. ODRIA,

Carlos González I.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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