Tipo de Norma: Ley
Número: 12287
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12287LEY N9 12287
Creando un Colegio Nacional de Mujeres en la ciudad de Andahuaylas, ymandando consignar las respectivas
partidas en el Presupuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Créase un Colegio Nacional de Mujeres, en la ciudad de Andahuaylas, capital de la Provincia del mismo nombre, en el que se impartirá educación secundaria común, en su primer ciclo y educación técnica en el grado y tipo que el Ministerio de Educación señale.
ARTICULO 29—Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para la instalación y funcionamiento de dicho plantel.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciseis días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenticuatro.
HECTOR BOZA, Presidente del Se-
í
nado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de abiil de mil novecientos cincuencicinco.
MANUEL A. ODRIA.
Carlos González I.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.