Ley Nº 1225

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Tipo de Norma: Ley

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 01225

Res. Leg. N.° 1225

Tratado de límites con el Brasil

Lima, 13 de enero de 1910.

Excino. señor:

El Congreso, en u§o de la atribución que le confiere el inciso 16 del artículo 59 de la Constitución, ha aprobado el tratado suscrito en Río dejaneiroelS de setiembre último por el Ministro plenipotenciario del Perú doctor don Hernán Velarde y el Ministro de relaciones del Brasil, Barón de Río Branco, para completar la determinación de las fronteras, entre los dos países y establecer principios generales sobre su comercio y navegación en la hoya del Amazonas.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Antero Aspíllaga, Presidente del Congreso.— José Manuel García, Secretario del Congreso—Carlos M. Olivera} Pro-secretario del Congreso.

Al Excmo. Señor Presidente de la Repú

blica.

Lima, 15 de enero de 1910.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E—Porras.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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