Ley Nº 1224

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1224


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 01224

LEY N.° 1224

Supresión de partidas 3n los ramos de gobierno y policía

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto El Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:

Art. l.°—Suprímanse en el pliego primero ordinario, correspondiente á los ramos de gobierno y policía, del presupuesto general de la República para 1910, las partidas siguientes:

A—La correspondiente á un secretario del ministerio.

La correspondiente á gratificación de caballo del ayudante del Ministerio.

La correspondiente á dos amanuenses de la prefectura de Arequipa, y á uno de la subprefectura del mismo lugar



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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