Ley Nº 12148

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 12148

Tipo de Norma: Ley

Número: 12148


Visualización de la norma: Ley 12148



Descargar Ley 12148 en PDF -

documento PDF

 12148

LEY N9 12148

Año del Libertador Mariscal Castilla

Declarando Fiesta Nacional el 3 de diciembre de 1954, con motivo de cumplirse un siglo de la expedición del Decreto del Libertador Gran Mariscal Ramón Castilla, por el que se abolió la esclavitud.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Declárase Fiesta Nacional, el tres de diciembre próximo, en que se cumple un siglo de la expedición

del Decreto del Libertador Gran Maris-

* ^

cal Don Ramón Castilla, por el que se abolió la esclavitud en el Perú.

ARTICULO 29— El Poder Ejecutivo dictará las medidas pertinentes para ei cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenti-

cuatro.

MANUEL A. ODRIA.

AUGUSTO ROMERO LOVO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos