Ley Nº 12141

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 12141

LEY N9 12141

Año del Libertador Marisca] Castilla

Creando un nuevo Juzgado de Instrucción en el Cercado de Arequipa y mandando consignar las partidas necesarias en el Presupuesto General.

HECTOR BOZA

Presidente del Congreso.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

*

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Créase un nuevo

• >

Juzgado de Instrucción en el Cercado de Arequipa.

ARTICULO 29—Consígnese en el

Presupuesto General de la República, las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de enero de mil

m

novecientos cincuenta y cuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

i

JUAN MANUEL PEÑA PRADO, Presidente de la Cámara de Diputados.

ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.

RAUL REVOREDO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129o. de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Justicia y Culto, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro.

HECTOR BOZA, Presidente del Congreso.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario del Congreso.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, nueve de noviembre de mil novecientos cincuenticuatro.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALEJANDRO FREUNDT Y ROSELL.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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