Ley Nº 12139

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 12139

LEY N9 12139

Año del Libertador Mariscal Castilla

Destinando a la terminación de la Biblioteca y Museo Regional de Chincha, la suma consignada para la Iglesia dé” la misma ciudad en el inciso “f” de la partida Ng 143 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1954.

HECTOR BOZA Presidente del Congreso.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Destínase a la terminación de la Biblioteca y Museo Regiona1 de Chincha, la suma de cincuenta mil soles oro (S/o. 50,000.00) que se halla consignada para la Iglesia de la misma ciudad en el inciso “f” de la partida N 143 del Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto Genera1 de la República para el año de 1954.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los

veinticinco días del mes de marzo de mil

- *

novecientos cincuenta y cuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

JUAN MANUEL PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.

RAFAEL AGUILAR, Senador Secretario.

RAUL REVOREDO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO: no habiendo sido pro-mulgada’por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro.

HECTOR BOZA, Presidente del Con-

* •

greso.

E*. FONTCUBERTA. Senador Secretario del Congreso.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario del Congreso,

Lima, nueve de noviembre de mil novecientos cincuenticuatro.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese,

FERNANDO NORIEGA CALMET.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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