Ley Nº 12105

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 12105

LEY N9 12105

Creando un Juzgado de Primera Instancia y una Agencia Fiscal en la capital

*

de la provincia de Tingo María.

Año del Libertador Mariscal Castilla

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Créase en la ciudad de Tingo María, capital de la Provincia del mismo nombre, del Departamento de Huánuco, un Juzgado de Primera Instancia y una Agencia Fiscal.

ARTICULO 29—Consígnese en el Presupuesto General de la República, a

R, REVOREDO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República;

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla*

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de abril novecientos cincuenticuatro.

MANUEL A. ODRIA.

ALEJANDRO FREUNDT ROSELL.

partir del año de 1954, las partidas necesarias para el cumplimiento de esta

V

ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pala su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de octubre de mii novecientos cincuentitreS;

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

LINCOLN PINZAS, Primer Vice-Pre sidente de la Cámara de Diputados.

ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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