Ley Nº 12099

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 12099

LEY N9 12099

Creando el distrito de Cochas en la pro

vincia de Concepción.

Año del Libertador Mariscal Castilla

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—Créase en la Provincia de Concepción, del Departamento de Junín, el Distrito de Cochas, el que tendrá por capital el pueblo de este nombre.

ARTICULO 2—El Distrito de Cochas tendrá como anexos, además del pueblo de su nombre, los siguientes: Parco, Pilcollama, Huancamanta, Huello, Cachupía, Retama, Andas y Macón, y como límites los mismos que actualmente tienen estos anexos.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos cincuenticuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente riel Senado.

J. M. PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.

RAFAEL AGUILAR, Senador Secre.

tario.

I. MENDEZ, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril de mil novecientos cincuenticuatro.

MANUEL A. ODRIA.

AUGUSTO ROMERO LOVO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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