Tipo de Norma: Ley
Número: 12030
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12030LEY N9 12030
Trasladando la capital del distrito de
Ata quero, provincia de Carhuaz, al caserío de Carhuac, que se eleva a la categoría de pueblo.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLI CA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.—Trasládase la capital del Distrito de A taquero, de la Provincia de Carhuaz, del Departamento de Ancash, al Caserío de Carhuac, el que se eleva a la categoría de pueblo.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintitrés días del mes de dieiemb2’e de mil novecientos oincuentitres.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
J. M. PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.
ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.
R. REVOREDO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenti tres.
MANUEL A. ODRIA.
AUGUSTO ROMERO LOVO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.