Ley Nº 12028

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Número: 12028


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 12028

LEY N9 12028

Adjudicando al Club Atlético Chalaco Ja parte sobrante del inmueble que expropió la Junta de Obras Públicas del Callao para la apertura de la Avenida

2 de Mayo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente :

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para adjudicar al Club Atlético Chalaco, la parte sobrante del inmueble situado en la calle Castilla con una área de doscientos veinticuatro metros cuadrados (224.00 m2) que la Junta de Obras Públicas del Callao expropió para la apertura de la Avenida 2 de Mayo, en compensación- de parte del inmueble de propiedad del referido C.iub, que fué cedido con el mismo fin.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a ios veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentitres.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senada.

J, M. PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.

ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.

R. REVOREDO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentitres.

MANUEL A. ODRIA.

EMILIO ROMERO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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