Tipo de Norma: Ley
Número: 12026
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12026RESOLUCION LEGISLATIVA
N9 12026
Concediendo pensión de montepío a la viuda e hija soltera del que fué Ingenie ro don Ernesto Diez Canseco Masías, Decano de la Facultad de Química de la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos.
Lima, 3 de diciembre de 1953.
Señor:
El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo formulada de acuerdo con la atribución que le concede el artículo 1209 de la Constitución del Estado, ha resuelto conceder una pensión de montepío, en vía de gracia, a favor de la viuda e hija soltera del oue fué Ingeniero don Ernesto Diez Canseco Masías, Decano de la Facultad de Química de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos, por la suma de cuatro mil soles oro (S/o. 4,000.00) mensuales, igual al íntegro del sueldo que percibió en el último empleo, ea a-tención a los importantes servicios que. por más de 30 años, prestó en el Parlamento, en el Magisterio y en actividades científicas.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde a Ud.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
J. M. PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.
ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.
R. REVOREDO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
Lima, siete de diciembre de mil no-vecintos cincuentitres.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
MANUEL A. ODRIA.
ALEJANDRO FREUNDT ROSELL.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.