Tipo de Norma: Ley
Número: 12017
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12017LEY N9 12017
Destinando al Ministerio de Educación Püblica paria el funcionamiento de la Escuela Regional de Bellas Artes de Ayacucho, mientras se restablezca la supresa Universidad de S&n Cristóbal de Huamanga, el local que ocupaba la Corte Superior de Ayacucho,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO;
El Congreso ha dado la ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la íey siguiente:
ARTICULO UNICO.—Destínase al Ministerio de Educación Pública para el funcionamiento de la Escuela Regio nal de Bellas Artes de la ciudad de Ayacu-cho, mientras se restablezca la suprcsa Universidad de San Cristóbal de Huamanga, el inmueble situado en la Plaza de Armas de dicha ciudad, conocido
por el local de la Universidad, que la Corte Superior de Justicia de Ayacu-cho deja desocupado al trasladarse a su nuevo edificio.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentitres.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
J. M, PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.
ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.
R. REVOREDO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del me3 de diciembre de mil novecientos cincuentitres.
MANUEL A. ODRIA.
EMILIO ROMERO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.