Tipo de Norma: Ley
Número: 11976
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11976LEY No 11976
Transferencias pava habilitar las partidas Nos. 149, 158 y 195 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1952.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
De
la
Partida
N*
35, Cap.
I
A
la
Partida
N°
149, Cap.
II
FJ
Jt
Jf
JF
158, „
n
93
9
7 f
JF
195, „
V
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de ciento cuarenticinco mil soles oro (S/o. 145,000.00):
S/o. 145,000.00
S/o. 60,000.00
„ 45,000.00
„ 40,000.00
Totales
S/o. 145,000.00 S/o. 145,000.00
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de enero de mil novecientos cincuentitrés.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
LINCOLN PINZAS, 1er. Vice Presidente de la Cámara de Diputados.
ALBERTO A RISPE, Senador Secre
tario .
R. REVOREDO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ma, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos cincuentitrés.
MANUEL A. ODRIA.
EMILIO ROMERO.
Dado en la Casa de Gobierno en L¡~
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.