Ley Nº 11832

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Número: 11832


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 11832

LEY N* 11832

Exonerando del impuesto creado por la ley Np 10847 a las alfombras y tapices fabricados con pelo de alpaca, llama y

huarizo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado ía ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Exonérase del impuesto creado por la Ley Ng 10847 y sus reglamentos, a las alfombras y tapices fabricados con pelo de alpaca, llama y huarizo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de abril de mil novecientos cincuentidos.

HECTOR BOZA. Presidente de! Sonado.

C. FERNANDEZ CONCHA» Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario.

M. ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POPv TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en ia Casa de Gobierno, eu Lima, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos cincuentidos.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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