Ley Nº 11813

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 11813

RESOLUCION LEGISLATIVA

N*11813

Aumentando la pensión de montepío que disfruta doña Zoila Macedo viuda det que fué Procurador General de la República Dr. D. José Manuel Calle.

CLAUDIO FERNANDEZ CONCHA, Presidente del Congreso.

Por cuanto el Congreso ha dictado la resolución legislativa siguiente:

Lima, 29 de enero de 1950.

Señor:

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120* de la Constitución del Estado, ha resuelto elevar’a un mil doscientos soles ero (S/o. 1,200.00), la pensión mensual de seiscientos treinta soles oro (S/o. 630.-00), que actualmente disfruta doña Zoila Macedo en su condición de viuda del que fué Procurador General de la República, doctor don José Manuel Calle, quien prestó importantes servicios al Estado.

Lo comunicamos a usted, para &u conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

HECTOR BOZA, Presidente del Se-nado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucioiia] de la República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129* de la Constitución, man do se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos cineuentidos.

C. FERNANDEZ CONCHA. Presidente del Congreso.

LUIS ENRIQUE GALVAN Secretario del Congreso.

NAZARIO CHA VEZ ALIAGA, Seere . tario del Congreso.

Lima, 5 de abril de 1952.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.

A. F. DASSO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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