Ley Nº 11785

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 11785

Tipo de Norma: Ley

Número: 11785


Visualización de la norma: Ley 11785



Descargar Ley 11785 en PDF -

documento PDF

 11785

LEY N* 11785

Crédito suplementario para habilitar la partida No. 51 del Pliego de Gueira del Presupuesto General de 1951, para pagar la subvención a favor de la Sociedad

Mutualista Militar del Perú.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso! ha dado la ley siguiente

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, P* ra su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de marzo de mil veeientos cincuentidos.

gECTOR BOZA, Presidente del Se-

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

EL CONGRESO DE LA REPUBLI MANUEL B. LLOSA, Senador Se-CA PERUANA otario.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO lo.—Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un Crédito Suplementario por la suma de doscientos cua* renta mil soles oro <S/o. 240,000 00), a fin de habilitar la Partida No, 51, de! Pliego de Guerra del Presupuesto General de la República de 1951, con el objeto exclusivo de atender al pago de la subvención establecida por Decreto Supremo de 22 de julio de 1949 a favor de la Sociedad Mutuahsta Militar de: Perú.

NAZARIO CHA VEZ ALIAGA, Di-putado Secretario.

Ai Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li-a, a los quince días dri mes de marzo ¡ mil novecientos cincuentidos.

[ANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.

ARTICULO 2o.—Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuesta! de 1951, en liquidación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos