Tipo de Norma: Ley
Número: 11773
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11773LEY N* 11773
Transferencias para habilitar las partidas Nos, 179, 180 y 181 de! Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1951.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República de 1951, en liquidación, hasta por la suma de doscientos treintidos mil soles oro (S/o. 232,000.00):
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos cincuentidos.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presi-dente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .
NAZARIO CHAVEZ ALIAGA, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte dias del mes de febrero de mil novecientos cincuentidos.
MANUEL A. ODRIA.
S/o. 180,000.00
A. F. DASSO.
S/o. 130,000.00
2,000.00
» 2,000.00
100,000.00
„ 100,000.00
S/o. 282,000.00 S/o. 232,000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.