Tipo de Norma: Ley
Número: 11664
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11664LEY N« 11664
Autorizando al Poder Ejecutivo para que pueda aprobar los contratos que celebre la Corporación Peruana del Santa para la explotación de los yacimientos
de fierro de Marcooa.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorizase al Poder Ejecutivo para que pueda apro bar los contratos que celebre la Corpo* ración Peruana del Santa, de conformi dad con lo establecido en el articulo lo. de sus Estatutos, para la explotación de los yacimientos de fierro de Marcona, hasta por un plazo máximo de treinta años que se computará a partir del vencimiento de los plazos de exploración.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa ra su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentiuno.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .
MOISES ALVAREZ AMARILLO,
Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentiuno,
MANUEL A. ODRIA.
A. F. DASSO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.