Ley Nº 11653

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 11653

LEY N° 11653

Crédito suplementario para habilitar las partidas Nos. 82 y 83 del Pliego de Fomento del Presupuesto de 1951, destinadas a la derivación de los ríos Quiroz al Piura y Chotano al Chancay.

EL PRESIDENTE DE LA REPtL BLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

ARTICULO UNICO— Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un Crédito Suplementario por la suma de ocho millones seiscientos cuarentitres mi! trescientos treintitres soles oro y treintidos centavos (S/o. 8’643,333.32), a fin de habilitar las partidas siguientes del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de la República, en vigencia:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentiuno.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.

A la Partida N'*1 82, derivación del Quiroz al Piura . . . S/o. 8’351,666.69 A la Partida N* 83, derivación del Chotano al Chancay . . „ 291,666.63

Total: S/o. 8'643,333.32

Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a ios veinte días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentiuno.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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