Ley Nº 11637

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Tipo de Norma: Ley

Número: 11637


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 11637

RESOLUCION LEGISLATIVA

No. 11637

Aprobándola apertura de créditos suplementarios y extraordinarios y las transferencias de partidas hechas durante ei receso deí Congreso, esn los ejercidos presupuéstales de 1950 y 1951.

Lima, 8 de noviembre de 1951

Señor:

El Congreso, de conformidad con 1<; dispuesto en los artículos 17* y 18 de la Ley Orgánica de Presupuesto, ha resuelto aprobar la gestión Ministerial a que se contraen las relaciones remitidas por el señor Ministro de Hacienda con sus oficios números 5—D y 6—D, de fecha 17 de agosto de 1951, en las cuales aparecen consignados los créditos adicionales, tanto suplementarios como extraordinarios, y las transferencias de partidas efectuadas por los diversos Ministerios durante el receso del Congreso,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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