Ley Nº 11628

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 11628

LEY N* 11628

Autorizando al Poder Ejecutivo para ceder a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos un terreno ubicado en el distrito de Breña de la provincia de Lima, para que lo destine a la construcción del local del Centro de Estudiante & de Medicina.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para ceder a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, ia propiedad del terreno de ochocientos doce me iros cuadrados y seoen-ticinco centímetros (812.65 m2) ubicado entre las calles Huantar, Pomabamba y General Varela, del Distrito de Breña de esta capital, con veintiocho metros lineales y veinte centímetros (28.20 m.

1.) sobre la primera, veinticinco metros lineales y treinticinco centímetros (25. 35 m. 1.) sobre la segunda y veintitrés metros lineales y cincuentiocho centímetros (23.58 m. 1.) sobre la última, a fin de que lo destine a la construcción del local del Centro de Estudiantes de Medicina, en compensación por el terreno situado en la calle de Llanos, de cuyo

uso disfrutaba el mencionado Centro de

Estudiantes y del que se le privó para construir la ‘‘Plaza 27 de Octubre”.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos cincuentiuno.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado .

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .

ERNESTO MORENO, Diputado Pro-Secretario .

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos cincuentiuno.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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