Tipo de Norma: Ley
Número: 11596
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11596LEY N9 11596
Declarando de propiedad de la Escuela Nacional de Agricultura un terreno é inmueble ubicado en la Urbanización Santa Beatriz de Lima; y, derogando
el Decreto-Ley N9 11421.EL PRESIDENTE DE LA REPILBLICA
POR CUANTO;
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLI-
^ PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9.—Declárase de propiedad de la Escuela Nacional de Agricultura el terreno e inmueble ubicado en esta Capital, Urbanización Santa Beatriz. con frente a la calle Camilo Carrillo, Por costado derecho con e1 girón General C-órdova; por el costado izquierdo con el girón Almirante Guisse y por el fondo con la Avenida Cuba.
ARTICULO 29.—Autorízase a la referida Institución para efectuar cualquier operación de crédito sobre el mencionado inmueble o para su venta en pública subasta con la finalidad de a-tender a las necesidades prescritas en el Artículo 29 de la Ley 5635; quedando derogado el Decreto—Ley N(-> 11421, de 7 de julio de 1950.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para 3u promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiuno.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .
MOISES ALVAREZ AMARILLO,
Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional la República,
POR TANTO;
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Li* ma, a los ocho días del mes de marzo de mil novecientos cincuentiuno.
MANUEL A. ODRIA.
A. F. DASSO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.