Ley Nº 11592

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Número: 11592


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 11592

LEY Nv 11592

Anexando a la provincia de Lima los distritos de San Bartolo y Pucusana de

la provincia dé Cañete.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. — Anéxase, con sus límites actuales, los distritcs de San Bartolo y Pucusana de la provincia de Cañete, del departamento de Lima, a la provincia de Lima, del mismo departamento.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiuno.

HECTOR BOZA; Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA. Presi-dente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario.

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiuno.

MANUEL A. ODRIA.

RICARDO DE LA PUENTE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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