Ley Nº 11591

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 11591

LEY N* 11591

Disponiendo que el pueblo de Vitarte será la capital del distrito de Ate, de la

provincia de Lima.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. — A partir de la dación de la presente ley, el pueblo de Vitarte será la capital del distrito de Ate, perteneciente a la provincia de Lima.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiuno.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretarlo .

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO :

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiuno.

MANUEL A. ODRIA.

RICARDO DE LA PUENTE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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