Ley Nº 11483

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Número: 11483


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 11483

DECRETO-LEY No. 11483.

Autorizando al Ministerio de Fomento para cointratar con la firma Pompeo Di

t

Rocco, de Roma, Italia, los estudios y obras de irrigación de las pampas eriazas de Chimbóte, comprendidas entre

los ríos Shnta y Njepeña.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha da-do el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que es propósito de la Junta Militar

de Gobierno impulsar el desarrollo económico del país, mediante la irrigación

de terrenos eriazos, en las zonas en que sea posible utilizar sobrantes de avenidas de los ríos de la costa, asi como las aguas del subsuelo que sean económicamente aprovechables;

Que el Gobierno tiene resuelto llevar a cabo las importantes obras de irrigación de la márgen derecha del río Santa, para el incremento de la economía de los departamentos de Ancash y La Libertad;

Que sin perjuicio de ejecutar el proyecto anteriormente señalado, es posL ble, utilizando los sobrantes de avenida del río Santa y aguas del subsuelo, irrigar no menos de 10,000 hectáreas en la márgen izquierda del citado río, de

i

acuerdo con el estudio preliminar realizado por el Ministerio de Fomentó y

; /

Obras Públicas, completando así el má

ximo aprovechamiento posible de las aguas del río Santa;

Que la firma Pompeo Di Rocco, de Roma, Italia, ha solicitado se le otorgue una concesión para irrigar las tierras eriazas de la márgen izquierda del río Santa, aportando los capitales necesarios para la ejecución de los estudios y obras de irrigación requeridos, así como para la importación de maquinarias para las obras y para la colonización que se propone efectuar, utilizando en parte colonos italianos, en un 30% de la extensión irrigable, dedicando el resto para la venta a campesinos y colo-

á

nos peruanos;

Que la propuesta presentada es conveniente para la economía nacional, permitiendo la inversión de fuertes capitales

extranjeros ,sin afectar los fondos des-

tinados a irrigación, que resultan insuficientes para realizar los diversos proyectos que comprende el Plan Nacional de Irrigación;

En uso de las facultades de que está

investida;

Decreta:

Artículo l9—Autorízase al Ministerio de Fomento y Obras Públicas para contratar con la firma Pompeo Di Rocco, de Roma, Italia, la ej ecución de los estudios y obras de irrigación de las pampas de Chimbóte, de propiedad del Estado, actualmente eriazas, en la extensión comprendida entre los ríos Santa y Ne-peña, sin afectar la zona reservada por el Decreto-Ley No. 11351;

Artículo 2°—Autorízase asimismo al Poder Ejecutivo, para otorgar en propiedad a la mencionada firma Pompeo Di Rocco, el cincuenta por ciento (50%) de la extensión neta que ponga bajo



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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