Tipo de Norma: Ley
Número: 11441
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11441DECRETO-LEY N* 11441
Dejando sin efecto el Decreto Supremo de 18 de noviembre de 1947 que declaraba de utilidad pública la ampliación de la Granja Modelo de Puno y mandaba expropiar para ese fin una parte del fundo “Quesea” de propiedad de Da. Concepción vda. de Chávez, ubicado en la provincia de Ayaviri; y mandando que la suma destinada a ese objeto se dedique a la ampliación del Laboratorio de las Granjas Modelo de Auquénidos.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que por Decreto Supremo, fecha 18 de noviembre de 1947, se declaró de utilidad pública la ampliación de la Granja Modelo de Puno en Chuquibanbilla, dependencia de la Dirección de Ganadería del Ministerio de Agricultura, mandando, en consecuencia, expropiar una fracción de la Hacienda “Quesea” propiedad de doña Concepción viuda de Chávez, ubicada en la Provincia de Ayaviri del Departamento de Puno, para los fines citados, así como levantar el plano de la mencionada hacienda y efectuar la tasación correspondiente por ingenieros del Estado, abonándose su valor con cargo a la Partida No. 200 del Pliego de Agricultura del Presupuesto General de la República del citado año, delegando en el Director de la Granja Modelo de Puno la facultad de apersonarse en el proceso de expropiación;
Que por-Resolución Suprema N* 1077,
de 20 de Diciembre de 1947, se aprobó el informe—tasación presentado por los ingenieros del Estado que llevaron a cabo la demarcación y valorización de la fracción de terrenos que se mandaba ex' propiar cuya extensión superficial se fijó en 1,597 hectáreas 3,900 m2. seg-ún plano levantado al efecto, con un valor de S o. 129,645.05, disponiéndose se girara esta suma a la Caja de Depósitos y Consignaciones Departamento de Recaudación, a fin de que la remitiera a su oficina de Ayaviri para su depósito en una cuenta a la orden del juez de Primera Instancia de ese lugar para su abono a la interesada una vez finalizado el proceso de expropiación;
Que posteriormente, en el año de 1948, la propietaria del mencionado lote de terreno solicitó la reconsideración del Decreto Supremo antes citado alegando dib versas razones, lo que motivó extensos trámites que dilataron por un largo periodo la expropiación referida con los inconvenientes del caso; no siendo ésta en la actualidad ya necesaria para el fin deseado;
Que siendo de urgente necesidad que las Granjas Modelos de Chuquibambilla y Auquénidos, dependencia de la Dirección de Ganadería del Ministerio de Agricultura, cuenten con los fondos ne-cesarlos para atender a la ampliación del Laboratorio que funciona en ellas; y
En uso de las facultades de que está investida,
Decreta:
Artículo V— Déjase sin efecto el Decreto Supremo de 18 de Noviembre de 1947 que declaraba de utilidad pública la ampliación de la Granja Modelo de Puno, y mandaba expropiar para dicho fin una fracción del fundo “Quesea” de propiedad de doña Concepción viuda de Chávez. ubicado en la provincia de Aya-vi rí del Departamento de Puno.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.