Tipo de Norma: Ley
Número: 11415
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11415DECRETO-LEY N* 11415
Crédito suplementario a las partidas Nos. 118, 120, 123, 124, 125, 166, 171 y 191 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1950.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
Que han resultado insuficientes las sumas consignadas en las partidas No. 118, para abonar la gratificación familiar al personal de Jefes, Oficiales y Tropa de las Fuerzas y Personal Civil del Ramo de Policía; No. 120, para abonar la gratificación de Frontera y Selva; No. 123, para abonar la gratificación de Tiempo de Servicios; No. 124, para abonar la gratificación de Reenganche al personal de Tropa; No. 125, para abonar la gratificación de Asistente; No. 166, para atender a la adquisición de Vestuario; No. 171, para atender a la adquisición de platinas, clavos y otros materiales destinados a la confección de herramientas; y No. 191, para atender al pago de racionamiento; del Capítulo IV, Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República vigente.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17y y 189 de la Ley Orgánica de Presupuesto, No. 4598;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.