Ley Nº 11398

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 11398

DECRETO-LlEY N9 11398

Modificando el artículo 124* del Estatuto Electoral, en el sentido de fijar en tres días el término para avisar por carteles y periódicos los lugares en que deben funcionar las Mesas Receptoras de

Sufragios.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto;-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que el Jurado Nacional de Elecciones ha solicitado la modificación del término señalado en el artículo 124o. del Estatuto Electoral, para avisar por carteles y periódicos los lugares en que deben funcionar las Mesas Receptoras de sufragio;

En uso de las facultades de que está investida;

Decreta:

Artículo único. — Fíjese en tres días el término señalado por el artículo 124o. del Estatuto Electoral.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li-

9

ma, a los nueve días del mes de junio

de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Zcnón Noriega, Presidente de la Junta Militar de Gobierno y Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

General C.A.P. José C. Villanucva, Ministro de Aeronáutica.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio .

Coronel Juan Mendoza R., Ministro Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 9 de junio de 1950.

ZENON NORIEGA.

A. Villacorta.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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