Ley Nº 11373

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 11373

DECRETO-LEY N* 11373

Crédito extraordinario “Construcción nuevo Local de la Universidad Nacional

del Cuzco”.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Considerando :

Que como consecuencia del reciente sismo ocurrido en la ciudad del Cuzco, el edificio de la Universidad Nacional de esa ciudad ha sufrido serios deterioros, que impiden su normal funcionamiento;

Que de acuerdo con la política de Educación Nacional seguida por la Junta Militar de Gobierno, es indispensable proceder de inmediato a tomar las medidas necesarias que permitan a este centro de Educación Superior, seguir cumpliendo los altos fines para el que fuera creado;

Que es necesario señalar los fondos necesarios que permitan llevar a cabo, en el menor tiempo posible, la construcción de un nuevo local para la Universidad Nacional del Cuzco;

En uso de las facultades de que está investida, ha dado el siguiente;

Decreto-Ley:

Autorízase al Ministerio de H&cien-

*

da para abrir un Crédito Extraordinario, denominado “Construcción Nuevo LocaL de la Universidad Nacional del Cuzco”, por la suma de un millón quinientos mil soles oro (S/o. P500,000.00) que se destinarán a la atención de los gastos que demande la construcción de un nuevo edificio para la citada Universidad, y contra el cual girará el Ministerio de Educación Pública.

Este crédito será cubierto con el Superávit del Ejercicio Presupuesta! del año 1949.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li-Bui, a los veintiséis días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .

General de Brigada Zenón Moriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A, Saldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas .

General C.A.P. José C. Viltanueva, Ministro de Aeronáutica

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza R., Ministro

de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro

de Agricultura.

Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto VÜIacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José del C. Cabré jo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 26 de mayo de 1950.

MANUEL A. ODRIA.

Emilio Pereyra-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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