Ley Nº 11336

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 11336

DECRETOLE Y N° 11336

Crédito suplementario para habilitar la partida N* 84 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1950, destinada a la ‘‘Ternünackfei del Ferrocarril de

Matarani ¡* La Toya’'.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que la terminación, del Ferrocarril Matarani a La Joya es de urgente necesidad, que redundará en positivo beneficio para ia economía de loe Departamentos del Sur del territorio nacional y que facilitará el mejor intercambio comercial de nuestro país con la vecina República de Bolivia y el propio intercambio de ese país; •

Que los fondos señalados para las obras de construcción de este ferrocarril por Decreto-Ley N* 10968, permitieron atender a la cHJicfiláCIQ fi dfi obligaciones derivadas de la ejecución de las mismas obras, así como atender a la adquisición del equipo mecánico necesario para su más pronta realización; equipo, que podrá ser utilizado más adelante, en otras obras;

Que los fondos consignados en la partida N* 84, del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General vigente, han resultado insuficientes para la conclusión de dichas obras, siendo necesario proceder a su ampliación en la suma requerida;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17* y 18» de la Ley Orgánica de Presupuesto, No. 4598, y estando a lo previsto en el articulo 2O7 del Decreto-Ley Nf* 11250, de Presupuesto General para el presente año;

De acuerdo con lo informado por la Contraloria General de la República y la Dirección del Presupuesto;

En uso de las facultades de que está investida;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Articulo único.—Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la apertura de un Crédito Suplementario por la suma de cuatro millones de soles oro (S/o. 4,000,000.00), 8

la partida N» 84, del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto Gene

ral de la República, en vigencia, destinada a Ut ''Terminación de Ferrocarril de Matarani a La Joya”.

Este crédito será cubierto con caigo a ios mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Dado en la Casa do Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de abril de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Manuel A. Odria. Presidente de la Junta Militar de Gobierno .

General de Brigfuia Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Salólas, Ministro de Marina.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones 'Exteriores.

Teniente Coronel Augusto Viítucorta, Ministro de Gobierno y Policía,

Teniente Coronel Augusto Romero Love, Ministro de Justicia y Culto.

General de Brigada Emilio Pereyra Marqirina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza R., Ministro de Educación Pública.

Teniente Coronel José del C. Cabré jo. Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C A P. José C. Villnnueva. Ministre de Aeronáutica

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

General de Brigada Armando Artoía, Ministro de Trabajo y Asuntos indígenas.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 27 de abril de 1950.

MANUEL A. ODRIA.

Emilio Pereyra M.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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