Tipo de Norma: Ley
Número: 11335
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11335DECRETO-LEY N 11335
Transferencia para habilitar la partida N9 16 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1949.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando;
Que es necesario regularizar el mayor egreso producido con cargo a la partida N9 16 “Para el pago de las pensiones de los jubilados y cesantes'". Capítulo II, del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de la República de 1949, en liquidación;
Que con el objeto de habilitar dicha partida puede utilizarse el saldo existente en la partida N9 62, del Capítulo III, del mismo Pliego y Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 de la Ley Orgánica de Presupuesto, N9 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraloria General de la República y la Dirección del Presupuesto;
En uso de las facultades de que está investida;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo único.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar la transferencia de la suma de ciento ochenta mil soles oro (S/o.
180,000.00), tomando de la partida N* 62, Capítulo III, a fin de habilitar con dicha suma la partida N* 16, Capítulo II, destinada al pago de las pensiones de los jubilados y cesantes, en el Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto Genera] de la República de 1949, en liquidación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de abril de mi] novecientos cincuenta.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .
General de Brigada Zenón Noriega. Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saidías, Ministro de Marina.
Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministró de Relaciones Exteriores.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.
Coronel Juan Mendoza R,, Ministro de Educación Pública.
Teniente Coronel José del C. Cabré jo, Ministro de Fomento y Obras Públicas
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C.A.P. José C. Villanueva, Ministro de Aeronáutica
Coronel Alberto León Díaz, Ministro
de Agróiiltura.
General de Brigada Armando Arfóla, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, 27 de abril de 1950.MANUEL A. ODRIA.Emilio Pereyra M.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.